Código ético

Introducción

La ética empresarial es el estudio de lo que es correcto e incorrecto en cuanto al comportamiento humano, así como el comportamiento del individuo en la empresa, en relación con los códigos de conducta establecidos.

Para Metal Group, las relaciones con sus trabajadores, sus contratistas, sus clientes y demás grupos de interés, parten de la base de que las actuaciones mutuas deben distinguirse por la confianza y la transparencia. Estas premisas fundamentales de conducta se establecen y consolidan conceptualmente en la política empresarial, la misión y visión de la Organización y en el presente Código, los cuales son nuestras cartas de navegación.

Así pues, las personas, la comunidad y los entornos ecológicos merecen la más alta consideración y cuidado, sin exclusiones ni discriminaciones.

Creemos que la responsabilidad es el emprendimiento comprometido y solidario del mejor esfuerzo por conseguir los objetivos empresariales, con un manejo eficiente de los recursos, asegurando el desarrollo sostenible del entorno y el auto cuidado, prevaleciendo el bien común por encima del interés particular.

Actuamos con integridad, porque somos coherentes entre lo que pensamos, decimos y emprendemos dentro de los ámbitos personales y empresariales, así como con respeto, pues reconocemos el derecho de la contraparte, conscientes de que este valor es el fundamento para la construcción de las relaciones interpersonales y empresariales vigorosas y benéficas.

Estamos comprometidos en mantener los más altos estándares éticos y productivos y en consecuencia, ninguna consideración ni actividad comercial puede justificar que se ponga en peligro la reputación de Metal Group.

Por ello, se ha definido el presente documento en donde se refleja la ética deontológica de Metal Group.

Objetivo y Ámbito de Aplicación

El presente Código Ético, define los principios básicos a los que debe atenerse en su comportamiento los siguientes individuos y entidades en el ámbito de sus actividades relacionadas con Metal Group:

  • Sociedades que componen Metal Group, independientemente de su actividad y/o ubicación.
  • Los empleados de cualquiera de las sociedades que componen el Grupo.
  • Los miembros de la Dirección del Grupo

Nota 1: Se han resumido en el Apéndice 1 los principios básicos del Código Ético de Metal Group que son de obligado cumplimiento tanto para los proveedores habituales como para los nuevos proveedores que se quieran incorporar.

Responsabilidades del personal de Metal Group

Todos los empleados y directivos que componemos Metal Group, en adelante “trabajadores” debemos conocer el presente documento y mediante nuestros actos adherirnos a este Código, así como velar porque otros particulares o grupos que lleven a cabo actividades en nombre de Metal Group también lo hagan (agentes, subcontratas, …)

En concreto, la Dirección deberá velar porque todo el personal y colaboradores conozcan este Código y respeten los comportamientos en el definido.

Todo trabajador que tenga conocimiento o fundada sospecha de un incumplimiento de este Código, deberá notificarlo a sus superiores o comunicarlo a través del buzón de sugerencias.

Metal Group tomará cuantas medidas crea convenientes para impedir repercusiones negativas debidas a notificaciones efectuadas por los trabajadores de buena fe y al amparo del presente Código.

El incumplimiento de este Código puede constituir una infracción laboral y ser objeto de las oportunas sanciones con independencia de otras responsabilidades en que pueda haber incurrido el trabajador.

Principios y Valores

Relación con y entre trabajadores

La relación de Metal Group con sus trabajadores y la de éstos entre sí, se basará en el cumplimiento de los siguientes compromisos:

  • Abolición del trabajo infantil: Metal Group no admite el trabajo infantil, por lo que no recurrirá al mismo ni incorporará a su actividad empresarial ningún producto o servicio que se conozca proceda del mismo.
  • Competencia leal: Metal Group prohíbe cualquier actuación que suponga el ejercicio de prácticas ilegales de competencia desleal. Así mismo, todo trabajador deberá evitar situaciones que puedan suponer un conflicto entre sus intereses personales y los de Metal Group, estando obligado cualquier trabajador a comunicar a su superior si se encuentra en una situación de conflicto.
  • Igualdad de oportunidades: Metal Group se compromete a que todos los trabajadores disfrutarán de iguales oportunidades para el desarrollo de su carrera profesional con independencia de su edad, sexo, estado civil,...
  • Jornada Laboral: Metal Group definirá un calendario laboral que se enmarque en los requerimientos legales en vigor. Además, los trabajadores tienen libertad para finalizar la relación laboral según los plazos fijados legalmente.
  • No discriminación: Metal Group asume la responsabilidad de mantener un entorno de trabajo libre de toda discriminación, bien por edad, sexo, creencia,… así como de cualquier conducta que implique un acoso de carácter personal. Cualquier conducta abusiva no será tolerada, bien sea verbal o física.
  • Respecto y confidencialidad de la información de los trabajadores: Metal Group se compromete a solicitar y a utilizar exclusivamente aquellos datos de los trabajadores que sean necesarios para la eficaz gestión del negocio o por requerimiento legal, estableciendo una política de seguridad de la información.
  • Seguridad y salud en el trabajo: Metal Group proveerá a sus trabajadores de un entorno seguro y estable, estableciendo un modelo organizativo que asegure la seguridad y salud de los mismos.

Ética comercial

La ética empresarial, se ocupa del estudio de las cuestiones normativas de naturaleza moral que se plantean en el mundo de los negocios de una corporación, definiéndose en Metal Group los siguientes compromisos en la misma:

  • Competencia justa: Cumplimiento de la legislación aplicable en materia fiscal y contable.
  • Integridad: Queda prohibido cualquier forma de corrupción, soborno, extorsión, tráfico de influencias o fraude.
  • Privacidad e información: Se protegerá toda la información susceptible de protección, estableciendo una política de seguridad de la información.
  • Propiedad intelectual: Se protegerán los derechos de propiedad intelectual, por lo que la transferencia de tecnología y conocimientos se realizará de tal modo que estos derechos sean protegidos.

Compromisos con terceros, el mercado y la comunidad

  1. Satisfacción de las expectativas de sus Clientes, esforzándose para ello por anticiparse a sus necesidades.
  2. Garantizar el respeto de la confidencialidad y la privacidad de los datos de terceros que posea.
  3. Basar las relaciones con Clientes, proveedores, competidores, Administraciones y otras partes interesadas en la integridad, profesionalidad y transparencia.
  4. Buscar el mayor respeto posible al medio ambiente en el que desarrolla sus actividades y minimizar los efectos negativos que su actividad pudiese ocasionar.